Resumen: Las demandadas son las propietarias de un panteón donde está enterrado el padre de la actora. En la demanda se pide que se obligue a las demandadas a permitir a la actora la entrada en el panteón para visitar los restos de su padre. El Juzgado estima en parte la demanda y declarar el derecho de la actora a visitar el interior del panteón los días 19 de marzo (día del padre), 2 de junio (aniversario del fallecimiento del padre de la actora), 1 de noviembre (fieles difuntos) y 24 de diciembre (nochebuena) de 12 a 12.30 horas. La Audiencia por el contrario considera que el derecho mismo de propiedad lleva implícita la prohibición de uso por terceras personas, salvo autorización expresa, que no consta. Además la actora puede dejar las flores en el exterior con lo que se cumple el propósito de honrar los restos de su padre.
Resumen: La Sala constata que la sentencia apelada incurre en incongruencia omisiva y falta de motivación por cuanto que la misma ni da respuesta alguna a determinada pretensión de nulidad, ni de su lectura puede inferirse cuál o cuáles han sido las razones que han llevado al Juzgador de la instancia para desestimar la pretensión referida a la nulidad de la resolución denegatoria de la legalización solicitada (FD 3º). En relación con la cuestión de fondo, se concluye la adecuación a derecho de la resolución que ordena la restitución de la realidad física alterada dado que el recurrente ha llevado a cabo la ejecución de una obra sin que previamente hubiese obtenido la pertinente e imperativa licencia urbanística que lo autorizase, sin que hubiese obtenido su legalización (FD 5º). Igualmente estima ser conforme a derecho la resolución denegatoria de legalización, entre otras causas, por no haber presentado el interesado acuerdo de la Comunidad de Propietarios del inmueble que determine el modelo a seguir y que debiera plasmarse en el correspondiente proyecto de conjunto que abarque la totalidad de las fachadas afectadas y al que deberán sujetarse el resto de los propietarios. Si el recurrente pretende llevar a cabo una modificación de la configuración o estado exterior del inmueble deberá, le guste o no, contar con la correspondiente autorización de la Comunidad de Propietarios (FD 6º).
Resumen: Protección internacional. Derecho de asilo y protección subsidiaria. Ucrania. Se examina el contexto y situación del país de origen. La Sala recoge doctrina y jurisprudencia sobre el reconocimiento de la condición de refugiado. A la vista de las actuaciones, considera que no ha quedado justificada la existencia de persecución por el hecho de haber nacido en Moldavia.